Visa T para víctimas de trata de personas: requisitos y proceso
La visa T es para víctimas de una forma severa de trata de personas, es decir, trata sexual o trata laboral mediante fuerza, fraude o coerción, que están en EE. UU. por causa de esa trata. Quienes solicitan presentan el Formulario I-914 ante USCIS, sin costos de presentación, y por lo general deben haber cumplido con las solicitudes razonables de las autoridades policiales, salvo que aplique una excepción. El estatus T dura hasta 4 años y puede llevar a una tarjeta verde.
En esta página
- Si necesitas ayuda ahora
- ¿Qué se considera trata de personas?
- Quién califica para una visa T
- Determinación de buena fe y permisos de trabajo
- Familiares que se pueden incluir
- Costos, duración de la estadía y protecciones
- Camino a la tarjeta verde
- Razones comunes de negación
- Cómo solicitar
- Preguntas frecuentes
- Fuentes oficiales
- Para quién es
- Víctimas de trata sexual o laboral que están en EE. UU. por esa causa
- Formulario principal
- Formulario I-914, con una declaración personal
- Autoridades policiales
- Debes cumplir con solicitudes razonables, con excepciones para menores y por trauma
- Costos de USCIS
- Ninguno, hasta la etapa de la tarjeta verde
- Duración del estatus
- Hasta 4 años
- Permiso de trabajo
- Sí, incluso mediante una determinación de buena fe (bona fide)
- Dónde buscar ayuda
- Un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ
Si necesitas ayuda ahora
Si estás en peligro inmediato, llama al 911.
La Línea Nacional contra la Trata de Personas (National Human Trafficking Hotline) es gratuita, confidencial y está disponible 24 horas al día en muchos idiomas: llama al 1-888-373-7888 o envía un mensaje de texto al 233733. Te puede conectar con albergue, ayuda legal y otros servicios. Consulta humantraffickinghotline.org.
Los casos de visa T son complejos. Antes de presentar la solicitud, habla con un abogado de inmigración con licencia o con un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) en una organización sin fines de lucro reconocida. Muchos ayudan gratis a sobrevivientes de trata. Verifica a los representantes en el directorio de EOIR y evita el fraude de notarios.
¿Qué se considera trata de personas?
La ley federal define una "forma severa de trata de personas" como:
- Trata sexual: reclutar, albergar, transportar, proveer, obtener, patrocinar como cliente o solicitar a una persona para un acto sexual comercial inducido por fuerza, fraude o coerción, o cuando la persona es menor de 18 años.
- Trata laboral: reclutar, albergar, transportar, proveer u obtener a una persona para trabajo o servicios mediante fuerza, fraude o coerción, con fines de servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud.
Las señales de trata laboral pueden incluir pasaportes confiscados, deudas con un reclutador que nunca se pueden pagar, amenazas contra la familia o impedirte dejar un trabajo. No necesitas haber cruzado una frontera para ser víctima de trata.
Quién califica para una visa T
Puedes calificar si:
- Eres o fuiste víctima de una forma severa de trata.
- Estás físicamente presente en EE. UU., Samoa Americana, las Islas Marianas del Norte o en un puerto de entrada de EE. UU. por causa de la trata.
- Cumpliste con cualquier solicitud razonable de las autoridades policiales para ayudar a detectar, investigar o enjuiciar la trata. No necesitas demostrar esto si eras menor de 18 años durante al menos uno de los actos de trata, o si no puedes cooperar debido a un trauma físico o psicológico.
- Sufrirías dificultades extremas que impliquen un daño inusual y severo si fueras removido de EE. UU.
- Eres admisible u obtienes un perdón (waiver) con el Formulario I-192.
Puedes presentar el Formulario I-914, Suplemento B (una declaración de una agencia policial), pero es opcional. En su lugar puedes usar otras pruebas, como reportes policiales, registros judiciales, comunicaciones con las autoridades o declaraciones juradas. Las autoridades federales también pueden otorgar "Presencia Continuada" (Continued Presence), una protección temporal aparte para víctimas de trata.
Determinación de buena fe y permisos de trabajo
Desde el 28 de agosto de 2024, USCIS usa un proceso actualizado de determinación de buena fe (bona fide determination) para las solicitudes T presentadas por personas que están en EE. UU. Por lo general, USCIS considera que una solicitud es de buena fe si está completa y presentada correctamente, incluye una declaración personal firmada y las verificaciones de antecedentes iniciales están hechas y no plantean preocupaciones de seguridad nacional.
Con una determinación de buena fe, puedes obtener acción diferida y un permiso de trabajo mientras el caso está pendiente. Para que te consideren, presenta el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(40), idealmente al mismo tiempo que el Formulario I-914. Los familiares reciben acción diferida y permisos de trabajo solo después de que los recibe la persona principal.
Si se aprueba el estatus T, la persona principal recibe un permiso de trabajo automáticamente. Los familiares que están en EE. UU. lo solicitan con el Formulario I-765.
Familiares que se pueden incluir
Presenta el Formulario I-914, Suplemento A junto con tu solicitud, mientras está pendiente o mientras tengas estatus T.
| Si tienes... | Puedes incluir a... |
|---|---|
| Menos de 21 años | Cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, padres y hermanos solteros menores de 18 años |
| 21 años o más | Cónyuge e hijos solteros menores de 21 años |
A cualquier edad, también puedes incluir a tus padres, hermanos solteros menores de 18 años y los hijos de familiares elegibles, si están en peligro presente de represalias porque escapaste o ayudaste a las autoridades policiales.
Los familiares en el exterior obtienen sus visas en un consulado de EE. UU. Prohibición de viaje. La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026 y no tiene fecha de término. Limita las visas para nacionales de 39 países: para 19 países suspende casi todas las visas, y para los otros 20 suspende las visas de inmigrante más las visas B, F, M y J. USCIS también está reteniendo muchos casos pendientes de estos países para una revisión adicional. Consulta Estado de la prohibición de viaje antes de pagar costos o reservar viajes.
Costos, duración de la estadía y protecciones
- Costos de USCIS: quienes solicitan la visa T y los no inmigrantes T están exentos de costos para todos los formularios hasta la solicitud de tarjeta verde, según USCIS.
- Duración de la estadía: hasta 4 años. Las extensiones son posibles en algunos casos, como cuando las autoridades policiales te necesitan o hay una solicitud de tarjeta verde pendiente.
- Beneficios: los no inmigrantes T pueden acceder a ciertos beneficios y servicios federales y estatales, similares a los de los refugiados.
- Límite: 5,000 visas T principales al año. Los familiares no cuentan.
- Confidencialidad: la ley federal protege la información en los casos T, y USCIS no negará un caso basándose solo en pruebas provenientes del tratante. Puedes usar una dirección postal segura.
Camino a la tarjeta verde
Puedes solicitar una tarjeta verde (Formulario I-485) mientras tengas estatus T si has estado físicamente presente por un periodo continuo de:
- Al menos 3 años desde que obtuviste el estatus T por primera vez, o
- La duración de la investigación o el enjuiciamiento de la trata, si el Fiscal General confirma que concluyó, según lo que sea más corto.
También debes demostrar buen carácter moral, cumplimiento continuo con las solicitudes razonables de las autoridades policiales (o una excepción) y las dificultades que sufrirías si fueras removido. Consulta ajuste de estatus. Otras opciones pueden incluir la visa U, VAWA o el asilo, según tu situación.
Cambio de política en 2026. Un memorando de política de USCIS con fecha del 21 de mayo de 2026 (PM-602-0199) señala que las personas que están en EE. UU. con estatus temporal (de no inmigrante) deberían obtener tarjetas verdes mediante ajuste de estatus solo en "circunstancias extraordinarias", y aplica a los casos pendientes. Habla con un abogado de inmigración con licencia sobre cómo te afecta antes de presentar tu solicitud.
Razones comunes de negación
- Los hechos no cumplen con la definición legal de trata (por ejemplo, malas condiciones de trabajo sin fuerza, fraude o coerción).
- No hay vínculo entre la trata y tu presencia en EE. UU.
- Pruebas insuficientes de cooperación con las autoridades policiales, sin una excepción.
- Problemas de inadmisibilidad sin un perdón (waiver).
- Una declaración personal débil.
Si USCIS envía una solicitud de evidencia, respóndela por completo. Consulta RFE y NOID.
Cómo solicitar
Ponte a salvo y busca ayuda
Comunícate con la Línea Nacional contra la Trata de Personas, con un defensor de víctimas y con un abogado o representante acreditado por el DOJ.
Reúne pruebas
Escribe una declaración personal y reúne cualquier registro policial, el Suplemento B y documentos de respaldo.
Presenta el Formulario I-914 y el Formulario I-765
Envía la solicitud, más el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(40) para una determinación de buena fe, y el Formulario I-192 si necesitas un perdón (waiver).
Agrega familiares
Presenta el Formulario I-914, Suplemento A por los familiares elegibles ahora o después.
Asiste a la cita de datos biométricos y espera
USCIS realiza verificaciones de antecedentes, puede emitir una determinación de buena fe y luego decide el caso.
Solicita la tarjeta verde
Después de la presencia continua requerida, presenta el Formulario I-485.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que testificar contra mi tratante para obtener una visa T?
Debes cumplir con las solicitudes razonables de las autoridades policiales, salvo que hayas sido menor de 18 años durante la trata o que un trauma te impida cooperar. Un Suplemento B de las autoridades policiales ayuda, pero es opcional.
¿La visa T cuesta dinero?
No aplican costos de presentación de USCIS para quienes solicitan la visa T ni para los no inmigrantes T, hasta la etapa de la tarjeta verde.
¿Puedo trabajar mientras mi visa T está pendiente?
Posiblemente. Si USCIS determina que tu solicitud es de buena fe, puedes obtener acción diferida y un permiso de trabajo. Presenta el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(40) con tu solicitud.
¿Mi familia puede venir a EE. UU.?
Sí. Se pueden incluir cónyuges e hijos, más padres y hermanos en algunos casos, especialmente si enfrentan represalias.
¿Cuál es la diferencia entre una visa T y una visa U?
La visa T es solo para víctimas de trata que están en EE. UU. por causa de la trata. La visa U cubre muchos delitos, pero requiere una certificación firmada por las autoridades policiales y tiene una lista de espera larga.
Fuentes oficiales
- USCIS: Víctimas de trata de personas, estatus de no inmigrante Tuscis.gov
- USCIS: Formulario I-914uscis.gov
- USCIS: Tarjeta verde para una víctima de trata (no inmigrante T)uscis.gov
- Línea Nacional contra la Trata de Personashumantraffickinghotline.org
- HHS: Oficina sobre la Trata de Personasacf.hhs.gov
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