Visa H-4: visa para dependientes de cónyuges e hijos de trabajadores H
La visa H-4 es para el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de personas que trabajan en Estados Unidos con visas H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B o H-3. Los familiares con H-4 pueden vivir y estudiar en Estados Unidos mientras el trabajador principal mantenga su estatus. Solo algunos cónyuges H-4 de trabajadores H-1B pueden obtener un permiso de trabajo (el H-4 EAD).
En esta página
- ¿Quién puede obtener una visa H-4?
- ¿Qué puedes hacer con una visa H-4?
- El H-4 EAD: quién puede trabajar
- ¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
- Pérdida del empleo, divorcio y cambio de estatus
- ¿Cuánto cuesta la H-4?
- Veto de viaje y revisión de visas
- Camino a la tarjeta verde y negativas comunes
- Cómo solicitar
- Preguntas frecuentes
- Fuentes oficiales
- Para quién es
- Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de trabajadores con visa H
- Duración de la estancia
- La misma fecha de vencimiento que la del trabajador H principal
- Estudios
- Permitidos, de tiempo completo o parcial
- Trabajo
- Solo con un H-4 EAD (algunos cónyuges de H-1B)
- Renovaciones del EAD
- Sin extensión automática para renovaciones presentadas a partir del 30 de octubre de 2025
- Formularios
- DS-160 en el extranjero; Formulario I-539 dentro de EE. UU.; Formulario I-765 para el EAD
- Tarjeta verde
- Sí, como derivado cuando el principal la obtiene
¿Quién puede obtener una visa H-4?
Puedes obtener el estatus H-4 si eres el cónyuge legal o hijo soltero menor de 21 años de alguien que tiene, o está por obtener, una de estas visas:
- H-1B (ocupaciones especializadas)
- H-1B1 (profesionales de Chile y Singapur)
- H-2A (trabajo agrícola temporal)
- H-2B (trabajo temporal no agrícola)
- H-3 (aprendices)
Los matrimonios entre personas del mismo sexo cuentan si el matrimonio es legalmente válido en el lugar donde se celebró. Las parejas no casadas, incluidas las parejas de muchos años, no califican para la H-4; por lo general visitan con una visa B-2 o necesitan su propio estatus. Los padres y hermanos de los trabajadores H tampoco califican.
¿Qué puedes hacer con una visa H-4?
| Actividad | ¿Permitida? |
|---|---|
| Vivir en Estados Unidos con el trabajador H | Sí |
| Estudiar en escuela, colegio o universidad | Sí, sin cambiar a F-1 |
| Obtener una licencia de conducir | Sí, según las reglas de tu estado |
| Abrir una cuenta bancaria | Sí |
| Trabajar por un pago | Solo con un H-4 EAD (ver abajo) |
| Ser voluntario | Solo actividad de voluntariado genuina que normalmente no sería pagada |
| Entrar y salir de EE. UU. | Sí, con un sello de visa H-4 válido |
Tu estancia está ligada al estatus del trabajador H. Si esa persona pierde su empleo o sale de Estados Unidos, tu estatus también se ve afectado. Si no tienes permiso de trabajo, puede que necesites un Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN) para declarar impuestos; consulta nuestra guía sobre SSN e ITIN.
El H-4 EAD: quién puede trabajar
Solo los cónyuges de trabajadores H-1B pueden obtener un documento de autorización de empleo H-4 (EAD), y solo si el trabajador H-1B:
- Tiene un Formulario I-140 aprobado (petición de inmigrante), o
- Recibió estatus H-1B más allá del límite habitual de 6 años con base en un caso de tarjeta verde pendiente (bajo la ley conocida como AC21)
Los cónyuges H-4 de trabajadores H-1B1, H-2A, H-2B y H-3 no pueden obtener un EAD. Los hijos con H-4 tampoco.
La solicitud se hace con el Formulario I-765. Una vez aprobado, puedes trabajar para cualquier empleador, iniciar un negocio o trabajar por cuenta propia. Consulta nuestra guía del permiso de trabajo (EAD).
El cambio de 2025 en las renovaciones
Durante años, los titulares de un H-4 EAD que presentaban su renovación a tiempo recibían una extensión automática de hasta 540 días mientras USCIS la procesaba. Una regla final provisional del Departamento de Seguridad Nacional terminó con eso para las renovaciones presentadas a partir del 30 de octubre de 2025. Ahora, si tu EAD vence antes de que se apruebe la renovación, debes dejar de trabajar hasta que llegue la nueva tarjeta. Presenta tu renovación tan pronto como USCIS lo permita (en general hasta 180 días antes del vencimiento) y prepárate para una posible interrupción.
¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
Tu estatus H-4 termina en la misma fecha que el del trabajador principal, o antes si así lo indica tu I-94 (por ejemplo, si tu pasaporte vence primero). Cuando el trabajador H extiende su estatus o cambia de empleador, tú presentas el Formulario I-539 para extender tu estatus H-4. El I-539 puede presentarse junto con la petición del empleador.
Los hijos que cumplen 21 años pierden la elegibilidad para H-4 el día de su cumpleaños 21. Antes de eso, deben cambiar a otro estatus, como la visa de estudiante F-1. Si hay un caso de tarjeta verde pendiente, la Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act) puede ayudar en algunos casos; consulta a un abogado de inmigración.
Pérdida del empleo, divorcio y cambio de estatus
Si el trabajador H-1B pierde su empleo: por lo general tiene un periodo de gracia de hasta 60 días para encontrar un nuevo patrocinador, cambiar de estatus o salir del país, y los familiares con H-4 siguen el mismo plazo. Un H-4 EAD termina cuando termina el estatus H-4 que lo sustenta.
Si te divorcias: el estatus H-4 depende del matrimonio. Después de que el divorcio sea definitivo, ya no calificas y necesitas otro estatus o debes salir del país. Habla con un abogado de inmigración cuanto antes.
Cambiar a tu propio estatus: un cónyuge con H-4 puede ser patrocinado para su propia H-1B, lo que normalmente implica pasar por la lotería, o puede cambiar a F-1 para estudiar. El cambio se presenta dentro de Estados Unidos (Formulario I-539, o el Formulario I-129 del empleador para un estatus de trabajo). Consulta nuestra guía sobre el cambio de estatus.
¿Cuánto cuesta la H-4?
| Costo | Cuándo | Dónde verificar |
|---|---|---|
| Cuota de solicitud de visa (MRV) | Al solicitar en el extranjero, antes de la entrevista | Cuotas del Departamento de Estado |
| Cuota de Integridad de Visa (Visa Integrity Fee) | Al emitirse en el extranjero | $250 bajo una ley de 2025; los consulados aún la estaban implementando gradualmente durante 2026 |
| Cuota del Formulario I-539 | Al extender o cambiar de estatus en EE. UU. | Tabla de cuotas de USCIS |
| Cuota del Formulario I-765 | Al solicitar un H-4 EAD | Página del Formulario I-765 de USCIS |
Los tiempos de procesamiento de los Formularios I-539 e I-765 están en la herramienta de tiempos de procesamiento de USCIS.
Veto de viaje y revisión de visas
La Proclamación 10998, vigente desde el 1 de enero de 2026, bloquea todas las visas, incluida la H-4, para nacionales de los 19 países con restricción total. La H-4 no está entre las categorías restringidas para los 20 países con restricción parcial.
Desde diciembre de 2025, los solicitantes de visas H-1B y H-4 están sujetos a la revisión de presencia en línea (redes sociales) del Departamento de Estado. Agenda las entrevistas con anticipación y revisa las instrucciones de tu embajada.
Camino a la tarjeta verde y negativas comunes
Cuando el trabajador H-1B obtiene una tarjeta verde a través de un empleador, el cónyuge y los hijos menores de 21 años normalmente obtienen tarjetas verdes como beneficiarios derivados en el mismo caso. Si estás en Estados Unidos, presentas tu propia solicitud de ajuste de estatus al mismo tiempo que el principal.
Razones comunes de negativas de la H-4:
- Pruebas insuficientes de la relación (lleva el acta de matrimonio, las actas de nacimiento de los hijos y fotos o documentos conjuntos si el matrimonio es reciente)
- Problemas con el estatus o el empleo del trabajador principal
- Dudas sobre si el matrimonio es genuino
- Violaciones migratorias anteriores del solicitante de H-4
Si una solicitud anterior fue negada, consulta negativas de visa y perdones.
Cómo solicitar
Espera la aprobación del principal
La petición del trabajador H debe estar aprobada (o el trabajador ya debe tener estatus H) antes de que puedas obtener el estatus H-4.
Elige dónde solicitar
Si estás en el extranjero, solicita una visa H-4 en un consulado de EE. UU. Si ya estás en EE. UU. con otro estatus, presenta el Formulario I-539 ante USCIS.
Completa el DS-160 (en el extranjero)
Llena la solicitud de visa en línea, paga la cuota de visa y agenda una entrevista, generalmente en tu país de nacionalidad o residencia.
Asiste a la entrevista
Lleva tu pasaporte, el aviso de aprobación del principal (I-797) y sus recibos de pago recientes, tu acta de matrimonio o de nacimiento, y la visa o el I-94 del principal.
Solicita el H-4 EAD si calificas
Si tu cónyuge con H-1B tiene un I-140 aprobado o una extensión más allá de los 6 años basada en un caso de tarjeta verde, presenta el Formulario I-765.
Preguntas frecuentes
¿Los titulares de la visa H-4 pueden trabajar en EE. UU.?
Solo con un H-4 EAD, disponible para cónyuges de trabajadores H-1B que tienen un I-140 aprobado o una extensión de H-1B más allá de los 6 años basada en un caso de tarjeta verde. Los demás titulares de H-4 no pueden trabajar.
¿Puedo estudiar con una visa H-4?
Sí. Los cónyuges e hijos con H-4 pueden estudiar de tiempo completo o parcial sin cambiar al estatus F-1.
¿Qué pasa con mi H-4 EAD si la renovación no se aprueba a tiempo?
Para las renovaciones presentadas a partir del 30 de octubre de 2025, no hay extensión automática. Debes dejar de trabajar cuando venza tu EAD y esperar el nuevo.
¿Qué pasa con los hijos con H-4 al cumplir 21 años?
Pierden el estatus H-4 el día de su cumpleaños 21. Deben cambiar a otro estatus, como F-1, antes de esa fecha.
¿El cónyuge de un trabajador H-2B puede trabajar con la H-4?
No. Solo ciertos cónyuges de trabajadores H-1B pueden obtener el H-4 EAD.
Fuentes oficiales
- USCIS: H-1B, ocupaciones especializadasuscis.gov
- USCIS: Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleouscis.gov
- USCIS: Formulario I-539uscis.gov
- Federal Register: Eliminación de la extensión automática de los Documentos de Autorización de Empleo (30 de octubre de 2025)federalregister.gov
- Departamento de Estado: Visas para trabajadores temporalestravel.state.gov
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