Visa E-1 de comerciante por tratado: requisitos, estancia y cómo solicitarla
La visa E-1 de comerciante por tratado permite a nacionales de ciertos países con tratado vivir en EE. UU. para realizar comercio sustancial, en su mayoría entre EE. UU. y su país de origen. El negocio debe ser propiedad, en al menos la mitad, de nacionales de ese país con tratado, y más del 50 % de su comercio internacional debe ser con EE. UU. Las estancias duran hasta 2 años cada vez y se pueden extender sin un límite fijo.
En esta página
- Para quién es
- Comerciantes y empleados clave de países con tratado
- Tratado necesario
- Sí, consulta la lista de tratados del Departamento de Estado
- Prueba de comercio
- Comercio sustancial, más del 50 % entre EE. UU. y el país con tratado
- Estancia
- Hasta 2 años por admisión, renovable
- Cónyuge
- Puede trabajar (estatus E-1S)
- Hijos
- Menores de 21 años, pueden estudiar pero no trabajar
- Costo de la visa
- $315 a septiembre de 2026
Para quién es la visa E-1
La E-1 es para personas que dirigen o trabajan para un negocio que comercia entre EE. UU. y su país de origen. Debes ser ciudadano de un país que tenga un tratado de comercio y navegación (o un acuerdo que califique) con EE. UU.
El Departamento de Estado mantiene la lista oficial de países con tratado. Ahí se indica por separado si cada país califica para E-1, E-2 o ambas. Algunos países grandes, entre ellos India, China y Brasil, no están en la lista.
Dos tipos de personas usan la E-1:
- El comerciante por tratado: el dueño o principal que dirige el comercio.
- Empleados: personal de la misma nacionalidad que trabaja en un puesto ejecutivo o de supervisión, o que tiene habilidades esenciales para el negocio.
Si quieres invertir en un negocio en EE. UU. y dirigirlo en lugar de comerciar, revisa la visa E-2 de inversionista por tratado.
Quién califica: los requisitos principales
| Requisito | Qué significa |
|---|---|
| Nacionalidad del tratado | Tú y el negocio comparten la nacionalidad de un país con tratado. Al menos el 50 % del negocio debe ser propiedad de nacionales de ese país. |
| Comercio | El intercambio de bienes, servicios o tecnología. Los servicios incluyen banca, seguros, transporte, turismo, comunicaciones y recopilación de noticias. |
| Comercio sustancial | Un flujo continuo de comercio considerable con muchas transacciones a lo largo del tiempo. El volumen y la frecuencia importan más que el valor en dólares de una sola operación. |
| Comercio principal | Más del 50 % del comercio internacional total del negocio debe ser entre EE. UU. y el país con tratado. |
| Comercio existente | El comercio ya debe estar ocurriendo. Los planes o un contrato pendiente no son suficientes. |
| Intención de salir | Debes planear salir cuando termine tu estatus E-1. |
Los empleados deben tener la misma nacionalidad que el comerciante por tratado y ocupar un puesto ejecutivo, de supervisión o de habilidades esenciales. Los trabajadores calificados o no calificados comunes no califican.
Qué puedes hacer con una E-1
- Trabajar solo para el negocio E-1 que te dio la calificación. Trabajar para otra empresa requiere su propia autorización.
- Viajar dentro y fuera de EE. UU. mientras tu visa esté vigente.
- Traer a tu cónyuge, quien puede trabajar para cualquier empleador, y a tus hijos solteros menores de 21 años, quienes pueden estudiar.
Los dueños de pequeños negocios suelen usar la E-1 para empresas de importación y exportación, casas comerciales, logística y empresas de servicios que venden principalmente entre dos países.
¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
- Cada admisión es por hasta 2 años.
- Puedes solicitar extensiones de hasta 2 años cada vez, sin un número máximo de extensiones, siempre que el negocio siga calificando.
- El sello de la visa en sí puede tener una validez distinta, fijada por reciprocidad con tu país. Un sello de visa corto no acorta tu estancia si ya estás dentro de EE. UU.
- Cada vez que vuelves a entrar, en general te pueden admitir por un nuevo periodo de 2 años.
¿Puede venir tu familia?
Tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años pueden venir con estatus de dependiente E-1. No necesitan compartir tu nacionalidad.
- Los cónyuges tienen permitido trabajar por su estatus. Desde enero de 2022, su registro I-94 muestra "E-1S", que los empleadores aceptan como prueba de autorización de trabajo. No necesitan solicitar un permiso de trabajo aparte, aunque pueden hacerlo.
- Los hijos pueden asistir a la escuela y a la universidad, pero no pueden trabajar. Su estatus termina a los 21 años.
¿Cuánto cuesta?
- Costo de la solicitud de visa: $315 para las visas E a septiembre de 2026. Algunas nacionalidades también pagan una cuota de reciprocidad al emitirse la visa.
- Cuota de integridad de la visa: se cobra una cuota de integridad de la visa de $250, creada por una ley de 2025, cuando se emite una visa. A septiembre de 2026, los consulados la han aplicado de forma desigual, así que revisa la página de cuotas de tu embajada.
- Cambio de estatus dentro de EE. UU.: si ya estás en EE. UU. con otro estatus, tu empresa puede presentar el Formulario I-129 ante USCIS. A septiembre de 2026, el costo para las peticiones E y TN es de $1,015 en papel o $965 en línea ($510 para empleadores pequeños y organizaciones sin fines de lucro), más la cuota del Programa de Asilo de $600 ($300 para empleadores pequeños, $0 para organizaciones sin fines de lucro). El trámite prioritario (premium processing) cuesta $2,965. Consulta la tabla de cuotas.
- Los honorarios de abogados y contadores suelen ser el mayor costo, porque los registros comerciales deben estar bien documentados.
Consulta la página de cuotas del Departamento de Estado para ver los montos actuales.
Camino a la tarjeta verde
La E-1 no conduce a una tarjeta verde, y debes tener la intención de salir cuando termine tu estatus. Sin embargo, la E-1 no está estrictamente ligada a mantener un domicilio en el extranjero, y muchos titulares luego buscan la residencia permanente por medio de:
- EB-1C para ejecutivos y gerentes multinacionales, si la empresa tiene un negocio relacionado en el extranjero.
- Patrocinio del empleador a través de PERM y EB-2 o EB-3.
- Inversión EB-5.
Presentar una petición de inmigrante puede afectar futuras renovaciones de la E-1. Habla con un abogado de inmigración con licencia sobre los tiempos.
Razones comunes de negación
- El comercio es demasiado pequeño o demasiado irregular para ser "sustancial".
- Menos de la mitad del comercio internacional es con EE. UU.
- Los registros de propiedad no prueban que nacionales del país con tratado poseen al menos el 50 %.
- El solicitante es un empleado sin un puesto ejecutivo, de supervisión o esencial.
- Documentos débiles: faltan facturas, conocimientos de embarque, contratos o declaraciones de impuestos.
Si te niegan la visa, consulta negaciones de visa y perdones y procesamiento administrativo 221(g).
Prohibición de viaje. La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026 y no tiene fecha de término. Limita las visas para nacionales de 39 países: para 19 países suspende casi todas las visas, y para los otros 20 suspende las visas de inmigrante más las visas B, F, M y J. USCIS también está reteniendo muchos casos pendientes de estos países para una revisión adicional. Revisa el estatus de la prohibición de viaje antes de pagar cuotas o reservar viajes.
Cómo solicitar
Revisa la lista de tratados
Confirma que tu país califica para la E-1 en la lista de países con tratado del Departamento de Estado.
Documenta el comercio
Reúne facturas, registros de envíos, contratos y estados financieros que muestren un comercio sustancial y continuo con EE. UU.
Registra la empresa (primer solicitante)
En algunos consulados, el primer solicitante E-1 de una empresa también registra a la empresa ante la unidad de visas E de la embajada.
Completa los Formularios DS-160 y DS-156E
Llena la solicitud de visa en línea y el suplemento de comerciante por tratado, y paga la cuota de $315.
Asiste a la entrevista
Desde septiembre de 2025, la mayoría de los solicitantes de visa deben asistir a una entrevista en persona, y en general debes solicitarla en tu país de nacionalidad o residencia. Lleva la evidencia del negocio que pida el consulado.
Entra a EE. UU.
Entra con tu visa E-1. Revisa tu registro I-94 para ver la fecha de admisión de 2 años.
Preguntas frecuentes
¿Hay un monto mínimo de comercio para una E-1?
No se fija un mínimo. El comercio debe ser sustancial, es decir, un flujo continuo de muchas transacciones, y más del 50 % de tu comercio internacional debe ser con EE. UU.
¿Qué países califican para la visa E-1?
Solo los países con un tratado con EE. UU. que califique. La lista de países con tratado del Departamento de Estado muestra qué países califican para E-1 y cuáles para E-2.
¿Mi cónyuge puede trabajar con una visa E-1?
Sí. Los cónyuges E-1 tienen permitido trabajar por su estatus, y su I-94 muestra E-1S como prueba.
¿Cuánto tiempo puedo quedarme con una visa E-1?
Hasta 2 años por admisión, con extensiones ilimitadas de 2 años mientras el negocio siga calificando.
¿Puedo obtener una tarjeta verde a partir de una E-1?
No directamente. Necesitarías una vía aparte, como EB-1C, patrocinio del empleador o EB-5.
Fuentes oficiales
- USCIS: Comerciantes por tratado E-1uscis.gov
- Departamento de Estado: lista de países con tratadotravel.state.gov
- Departamento de Estado: cuotas de los servicios de visatravel.state.gov
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