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Tarjeta verde por registro (registry) para personas en EE. UU. desde antes de 1972

El registro (registry) es una ley poco conocida de EE. UU. (sección 249 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad) que permite que alguien que ha vivido en EE. UU. de forma continua desde antes del 1 de enero de 1972 solicite una tarjeta verde, incluso sin un patrocinador familiar o empleador. Presentas el Formulario I-485 con pruebas de más de 50 años de residencia y buen carácter moral. El Congreso no ha movido la fecha de 1972 desde 1986, así que hoy solo ayuda a un número pequeño de residentes mayores de larga data.

AbiertoEl registro sigue disponible, pero solo para personas que entraron a EE. UU. antes del 1 de enero de 1972 y han vivido aquí de forma continua desde entonces. (Estado al 22 de septiembre de 2026)
En esta página
  1. ¿Quién califica para el registro?
  2. Por qué la fecha es 1972
  3. ¿Qué pruebas necesitas?
  4. Cómo solicitar
  5. Riesgos que debes considerar antes de solicitar
  6. Problemas comunes en los casos de registro
  7. Si no calificas para el registro
  8. ¿Cuánto cuesta?
  9. Después de obtener la tarjeta verde
  10. Cómo solicitar
  11. Preguntas frecuentes
  12. Fuentes oficiales
Datos clave22 de septiembre de 2026
Para quién es
Personas que entraron a EE. UU. antes del 1 de enero de 1972
Residencia
Residencia continua en EE. UU. desde la entrada
Patrocinador
No se necesita
Formulario principal
Formulario I-485
Número de visa
No se necesita; no hay espera en el Boletín de Visas
Costo del I-485
$1,440 (a septiembre de 2026)
Último cambio de fecha
1986

¿Quién califica para el registro?

Puedes calificar si:

  1. Entraste a EE. UU. antes del 1 de enero de 1972. La entrada con o sin visa puede contar.
  2. Has vivido en EE. UU. de forma continua desde esa entrada. Los viajes cortos al extranjero pueden no romper la residencia, pero las ausencias largas sí.
  3. Tienes buen carácter moral.
  4. No eres inadmisible bajo las causales penales, de seguridad, de tráfico de personas y algunas otras que enumera la ley del registro.
  5. No eres inelegible para la ciudadanía y no eres deportable por terrorismo o causales similares.

No necesitas un familiar o empleador, una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Affidavit of Support) ni un número de visa. La carga pública no es una de las causales que aplican al registro.

"Residencia continua" significa que EE. UU. ha sido tu hogar todo el tiempo. No es lo mismo que nunca haber salido: una visita al extranjero no rompe automáticamente la residencia, pero mudarte por un periodo sí puede hacerlo. USCIS analiza la duración y el propósito de cada ausencia.

Por qué la fecha es 1972

El Congreso creó el registro en 1929 para que los residentes de larga data sin documentos pudieran regularizar su estatus. La fecha límite se ha movido hacia adelante varias veces. El último cambio llegó con la Ley de Reforma y Control de la Inmigración de 1986, que fijó la fecha en el 1 de enero de 1972. Se han presentado proyectos de ley en el Congreso para adelantarla, por ejemplo a una fecha móvil con cierto número de años antes de la solicitud, pero ninguno se había convertido en ley a septiembre de 2026.

Debido a la fecha fija, la mayoría de las personas que califican hoy tienen cerca de 60 años o más y llegaron cuando eran niños o adultos jóvenes.

¿Qué pruebas necesitas?

La parte más difícil es probar más de 50 años de residencia. USCIS busca documentos de cada periodo, como:

  • Registros escolares, actas de bautismo o registros de la iglesia y cartillas de vacunación.
  • Registros de empleo, talones de pago, estados de ingresos del Seguro Social y declaraciones de impuestos.
  • Contratos de arrendamiento, recibos de renta, facturas de servicios y registros bancarios.
  • Expedientes médicos y de hospital.
  • Declaraciones juradas de personas que te conocieron, como respaldo de otros documentos.

Los vacíos son comunes. Un abogado puede ayudarte a armar una línea de tiempo año por año y a encontrar registros en agencias de gobierno.

Cómo solicitar

Presentas el Formulario I-485 ante USCIS bajo la disposición de registro, con las pruebas anteriores, documentos de identidad y el costo. No hay una petición aparte. USCIS programa la toma de datos biométricos y, por lo general, una entrevista. Si se aprueba, tu residencia permanente se registra a partir de la fecha de aprobación.

Lleva los originales de tus documentos a la entrevista. El oficial puede preguntarte sobre cada periodo de residencia, tus viajes al extranjero, cualquier otro nombre que hayas usado y cualquier arresto. Mientras el I-485 está pendiente puedes solicitar un permiso de trabajo (Formulario I-765). No viajes al extranjero sin un permiso adelantado de reingreso (advance parole, Formulario I-131): salir normalmente abandona la solicitud, y para las personas con presencia ilegal puede activar castigos largos para regresar. Consulta advance parole.

El registro es un beneficio discrecional. El memorando de USCIS de mayo de 2026 sobre el ajuste de estatus indica a los oficiales que evalúen la discreción con cuidado y, aunque se enfoca en personas con estatus de visa temporal, espera una revisión estricta. Consulta ajuste de estatus.

Riesgos que debes considerar antes de solicitar

Solicitar le informa al gobierno que estás en EE. UU., y una negación puede llevar a un Aviso de Comparecencia (Notice to Appear) en la corte de inmigración. Antes de presentar, pide a un abogado de inmigración con licencia que revise tu historial, sobre todo si tienes arrestos, órdenes de deportación previas o uso pasado de documentos falsos. Algunas personas que no califican para el registro pueden tener otras opciones, como una tarjeta verde familiar o alivio en la corte de inmigración. Aprende cómo verificar a un abogado y evita a los notarios.

Problemas comunes en los casos de registro

  • Vacíos en la residencia. Los años faltantes, o una estancia larga en el extranjero, pueden romper la residencia continua. Llena los vacíos con varios tipos de registros cuando puedas.
  • Fecha de entrada. Si no tienes constancia de tu primera entrada, debes probarla con otras pruebas, como registros escolares o médicos tempranos.
  • Órdenes de deportación previas. Una orden previa de deportación o expulsión, o un regreso después de haber sido expulsado, puede hacerte inelegible o exigir pasos adicionales.
  • Antecedentes penales. Algunas condenas impiden el registro por completo; otras pesan en contra del buen carácter moral. Lleva registros certificados de la corte por cada arresto.
  • Documentos falsos o declaraciones falsas de ciudadanía. El uso pasado de papeles falsos, o afirmar falsamente ser ciudadano estadounidense, puede ser un impedimento grave.

USCIS decide los casos de registro uno por uno, así que dos personas con historiales parecidos pueden tener resultados distintos.

Si no calificas para el registro

Opción Idea básica
Tarjeta verde familiar Un cónyuge, padre o hijo adulto ciudadano estadounidense puede patrocinarte; consulta cónyuge de ciudadano estadounidense y padre o madre de ciudadano estadounidense
Cancelación de la expulsión Solo en la corte de inmigración; por lo general requiere 10 años de presencia y sufrimiento excepcional para un familiar ciudadano o residente
Opciones humanitarias El asilo, la visa U y VAWA tienen sus propias reglas

Cada opción tiene riesgos además de beneficios. Un abogado de inmigración con licencia puede compararlas para tu caso.

¿Cuánto cuesta?

El costo del Formulario I-485 es de $1,440 a septiembre de 2026 (tabla de costos de USCIS). Las solicitudes de permiso de trabajo y de documento de viaje presentadas junto con él tienen sus propios costos; revisa la calculadora de costos de USCIS. Obtener registros antiguos de las agencias también puede costar dinero.

Después de obtener la tarjeta verde

Una vez que eres residente permanente, puedes viajar, trabajar y, después de 5 años, solicitar la naturalización. Las personas de 50 años o más con 20 años como residentes, o de 55 años o más con 15 años, pueden hacer el examen de ciudadanía en su propio idioma. Mantén tu tarjeta vigente usando la renovación de la tarjeta verde cuando sea necesario.

Cómo solicitar

  1. Confirma tu fecha de entrada

    Encuentra pruebas de que entraste a EE. UU. antes del 1 de enero de 1972.

  2. Arma una línea de tiempo de residencia

    Reúne documentos que muestren que has vivido en EE. UU. de forma continua desde entonces.

  3. Consigue una revisión legal

    Pide a un abogado de inmigración con licencia que revise tu historial por temas penales u otros problemas.

  4. Presenta el Formulario I-485

    Preséntalo bajo la disposición de registro con tus pruebas y el costo.

  5. Asiste a la cita biométrica y a la entrevista

    Responde preguntas sobre tu historial y tu residencia.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la fecha de registro para una tarjeta verde?

El 1 de enero de 1972. Debes haber entrado a EE. UU. antes de esa fecha y haber vivido aquí de forma continua desde entonces.

¿Se ha actualizado la fecha del registro?

No desde 1986. Se han presentado proyectos de ley para adelantarla, pero ninguno se había convertido en ley a septiembre de 2026.

¿Necesito un patrocinador para el registro?

No. El registro no requiere un familiar o empleador, ni una Declaración Jurada de Patrocinio Económico, ni un número de visa.

¿Puedo usar el registro si entré de forma ilegal?

Sí, la entrada sin visa puede contar, siempre que cumplas con las reglas de fecha, residencia y carácter, y no estés impedido por las causales enumeradas.

¿El registro es lo mismo que una amnistía?

No. El registro es una parte permanente de la ley con una fecha fija. Los programas de amnistía fueron leyes de una sola vez para grupos específicos.

Fuentes oficiales

  1. USCIS: Tarjeta verde por registro (registry)uscis.gov
  2. 8 U.S.C. 1259 (sección 249 de la INA), Cornell Lawlaw.cornell.edu
  3. USCIS: Formulario I-485uscis.gov
  4. USCIS: Tabla de costos (G-1055)uscis.gov

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