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Tarjeta verde F2B: hijos adultos solteros de titulares de tarjeta verde

La categoría F2B es para hijos e hijas solteros, de 21 años o más, de residentes permanentes de EE. UU. El padre o madre con tarjeta verde presenta el Formulario I-130, y el hijo adulto espera a que su fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas, a menudo durante muchos años. Si el hijo se casa antes de obtener la tarjeta verde, la petición termina, porque no existe una categoría para hijos casados de residentes permanentes.

AbiertoSe aceptan peticiones I-130; las esperas de F2B duran muchos años y las entrevistas de visa de inmigrante en el exterior están pausadas desde el 25 de agosto de 2026. (Estado al 22 de septiembre de 2026)
En esta página
  1. ¿Quién califica para F2B?
  2. Matrimonio, naturalización y otros cambios
  3. Límite anual, fechas de prioridad y rezagos
  4. ¿Ajuste de estatus o trámite consular?
  5. ¿Cuánto cuesta?
  6. Cómo solicitar
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes oficiales
Datos clave22 de septiembre de 2026
Para quién es
Hijos e hijas solteros, de 21 años o más, de titulares de tarjeta verde
Peticionario
El padre o madre residente permanente
Límite anual
Alrededor de 26,000 (23% del total de F2)
Regla de matrimonio
Casarse termina la petición
Formularios principales
I-130, I-864 y luego DS-260 o I-485
Esperas más largas
México y Filipinas
Costo del I-130
$675 en papel, $625 en línea (a septiembre de 2026)

¿Quién califica para F2B?

Calificas si tu padre o madre es residente permanente de EE. UU., tienes 21 años o más y eres soltero (nunca casado, divorciado o viudo). Los hijastros y los hijos adoptivos siguen las reglas de edad habituales. Tus propios hijos solteros menores de 21 años pueden acompañarte como derivados.

Los hijos menores de 21 años de un residente permanente usan F2A en su lugar, que suele ser mucho más rápida.

Matrimonio, naturalización y otros cambios

Cambio Efecto
Te casas La petición se revoca automáticamente. No existe una categoría para hijos casados de residentes
Tu padre o madre se hace ciudadano de EE. UU. Pasas a F1 con la misma fecha de prioridad. Si F1 es más lenta para tu país, puedes pedir por escrito quedarte en F2B
Tu padre o madre se hace ciudadano y luego te casas Puedes usar F3
Tu padre o madre fallece La petición puede revocarse; existe cierto alivio, así que habla con un abogado

Como el matrimonio termina el caso, algunas familias deciden que el padre o la madre se naturalice primero. Un padre ciudadano puede patrocinar a un hijo casado en F3, aunque esa espera es más larga. Vale la pena hablar de decisiones como esta con un abogado de inmigración con licencia.

Límite anual, fechas de prioridad y rezagos

La categoría F2 recibe alrededor de 114,200 visas al año, y 23% de ellas van a F2B, más las visas de F1 que no se usen. Ningún país puede usar más del 7% de los límites combinados de familia y empleo, por lo que algunos países esperan mucho más.

Tu fecha de prioridad es la fecha en que USCIS recibió el I-130. Cada mes, el Boletín de Visas del Departamento de Estado publica una fecha de corte para F2B por país. Cuando tu fecha de prioridad es anterior a la fecha de corte, puedes dar el paso final. USCIS también indica cada mes si las personas en EE. UU. pueden presentar su solicitud usando la tabla de "Fechas para Presentar" (Dates for Filing) o si deben esperar la tabla de "Fechas de Acción Final" (Final Action Dates).

País de nacimiento Panorama general para F2B
La mayoría de los países, incluidos China e India Varios años
México Bastante más de una década
Filipinas Más de una década

Estos son patrones generales, no predicciones. Las fechas de corte pueden avanzar, quedarse quietas o retroceder. Consulta el monitor del Boletín de Visas para ver las fechas de este mes.

¿Ajuste de estatus o trámite consular?

Si el hijo o la hija está en EE. UU.: puede presentar el Formulario I-485 una vez que el Boletín de Visas muestre tu fecha de prioridad como vigente (y USCIS indique qué tabla está aceptando ese mes). En general, la persona debe haber sido inspeccionada y admitida o haber recibido permiso de entrada condicional (parole) a EE. UU. A diferencia de los familiares inmediatos, los familiares por preferencia normalmente también deben haber mantenido un estatus legal, por lo que una permanencia vencida o un trabajo no autorizado suele impedir el ajuste. Consulta ajuste de estatus.

Si el hijo o la hija está en el exterior: después de que USCIS aprueba el I-130, el caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC). Pagas las cuotas y presentas el DS-260, los documentos civiles y la Declaración de Sostenimiento, y luego la entrevista se realiza en una embajada o consulado de EE. UU. Consulta trámite consular.

Si el hijo o la hija entró sin inspección: por lo general el ajuste en EE. UU. no es posible. Salir del país para una entrevista consular puede activar la prohibición de 3 o 10 años por presencia ilegal, y un perdón provisional (Formulario I-601A) presentado antes de salir puede ayudar en algunos casos. Habla con un abogado de inmigración con licencia antes de que alguien salga de EE. UU. Consulta negaciones de visa y perdones.

Peticiones antiguas. Una persona amparada por una petición o certificación laboral presentada el 30 de abril de 2001 o antes puede tener la posibilidad de ajustar su estatus a pesar de problemas de estatus, bajo la sección 245(i), con una cuota adicional. Esto ahora es poco común; pregunta a un abogado.

El memorando de 2026 sobre el ajuste de estatus. El 21 de mayo de 2026, USCIS emitió un memorando de política (PM-602-0199) que trata el ajuste de estatus como un beneficio discrecional. USCIS dijo que las personas que están en EE. UU. con una visa temporal y quieren una tarjeta verde deben esperar solicitarla desde su país de origen, salvo en circunstancias extraordinarias. El memorando aplica a las solicitudes I-485 pendientes y nuevas. Cumplir los requisitos legales ahora se considera el mínimo: los oficiales evalúan todo tu expediente, incluido si usaste tu visa para el propósito declarado. Se esperaban impugnaciones legales, así que verifica la postura vigente antes de presentar tu solicitud.

La suspensión de entrevistas de 2026. Desde el 25 de agosto de 2026, el Departamento de Estado pausó la programación de entrevistas de visa de inmigrante en todo el mundo mientras los oficiales consulares reciben capacitación sobre la evaluación de carga pública. No se había anunciado una fecha de reinicio al 22 de septiembre de 2026. Sigue el tema en nuestra página de pausa de visas de inmigrante.

Prohibición de viaje. Los nacionales de los 39 países incluidos en la prohibición de viaje (Proclamación 10998, en vigor desde el 1 de enero de 2026) por lo general no pueden recibir visas de inmigrante en el exterior, y USCIS ha retenido muchas solicitudes pendientes de esos países para una revisión adicional.

Carga pública. Una nueva regla de carga pública entró en vigor el 18 de septiembre de 2026. Reemplaza la regla de 2022 con una prueba más amplia de la "totalidad de las circunstancias" sobre si es probable que dependas del apoyo del gobierno.

¿Cuánto cuesta?

Cuotas gubernamentales a septiembre de 2026, según la tabla de cuotas de USCIS:

Concepto Cuota
Formulario I-130 $675 en papel, $625 en línea
Formulario I-485 (por persona) $1,440
Formulario I-864, Declaración de Sostenimiento Sin cuota de USCIS cuando se presenta con un I-485; el Departamento de Estado cobra una cuota de revisión en casos consulares
Cuota de solicitud de visa de inmigrante (en el exterior) Consulta la página de cuotas del Departamento de Estado
Cuota de Inmigrante de USCIS (después de que se emite la visa en el exterior) Consulta la tabla de cuotas de USCIS
Examen médico Lo fija el médico

Revisa la calculadora de cuotas de USCIS antes de pagar. Para estimar el total en tu caso, prueba nuestra calculadora de costos de patrocinio.

Cómo solicitar

  1. El padre o madre residente permanente presenta el Formulario I-130

    Preséntalo ante USCIS con prueba del estatus y del parentesco. La fecha de presentación se convierte en la fecha de prioridad.

  2. Esperar a que la fecha de prioridad esté vigente

    Revisa el Boletín de Visas cada mes para tu categoría y país de nacimiento.

  3. Completar el trámite en el NVC o presentar el I-485

    En el exterior, paga las cuotas y presenta el DS-260 y los documentos al Centro Nacional de Visas. En EE. UU., presenta el Formulario I-485 si eres elegible.

  4. Presentar la Declaración de Sostenimiento

    El peticionario presenta el Formulario I-864, con un copatrocinador si es necesario.

  5. Examen médico y entrevista

    Completa el examen médico y asiste a la entrevista consular o de USCIS.

  6. Recibir la tarjeta verde

    Entra a EE. UU. con la visa de inmigrante o recibe la tarjeta después de la aprobación de USCIS.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me caso mientras mi caso F2B está pendiente?

La petición se revoca automáticamente, porque no existe una categoría de tarjeta verde para hijos casados de residentes permanentes.

¿Mi caso F2B se convierte si mi padre o madre se hace ciudadano?

Sí. Se convierte en F1 con la misma fecha de prioridad, a menos que elijas quedarte en F2B porque es más rápida para tu país.

¿Cuánto dura la espera de F2B?

Varios años para la mayoría de los países y bastante más de una década para México y Filipinas. Revisa el Boletín de Visas para ver la fecha de corte actual.

¿Mis hijos pueden venir conmigo en F2B?

Sí. Tus hijos solteros menores de 21 años pueden venir como derivados.

¿Puedo vivir en EE. UU. mientras espero?

Solo con tu propio estatus legal. La petición no te da derecho a permanecer ni a trabajar en EE. UU.

Fuentes oficiales

  1. USCIS: Tarjeta verde para inmigrantes de preferencia familiaruscis.gov
  2. USCIS: Formulario I-130uscis.gov
  3. Departamento de Estado: Boletín de Visastravel.state.gov
  4. USCIS: Tabla de cuotas (G-1055)uscis.gov
  5. Departamento de Estado: Inmigración familiartravel.state.gov

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