Tarjeta verde F2A: cónyuges e hijos de residentes permanentes
La categoría F2A permite que los residentes permanentes de EE. UU. (titulares de tarjeta verde) patrocinen a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años para obtener la tarjeta verde. El residente presenta el Formulario I-130 y el familiar espera a que su fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas. La F2A suele avanzar más rápido que otras categorías de preferencia familiar y, si el peticionario se convierte en ciudadano estadounidense, el caso pasa a la categoría de familiar inmediato, que no tiene espera.
En esta página
- Para quién es
- Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de titulares de tarjeta verde
- Peticionario
- El residente permanente de EE. UU.
- Límite anual
- Alrededor de 88,000 (77 % del total de F2)
- Regla por país
- El 75 % de los números F2A está exento del límite por país
- Formularios principales
- I-130, I-864 y luego DS-260 o I-485
- Espera típica
- Normalmente la espera más corta de las preferencias familiares
- Costo del I-130
- $675 en papel, $625 en línea (a septiembre de 2026)
¿Quién califica para la F2A?
- El peticionario debe ser residente permanente legal (titular de tarjeta verde) con domicilio en EE. UU.
- El beneficiario debe ser el cónyuge del peticionario o un hijo soltero menor de 21 años.
El matrimonio debe ser legalmente válido y real. Los hijastros y los hijos adoptivos siguen las reglas habituales. Los hijos solteros menores de 21 años del cónyuge pueden venir como derivados, incluso si no son hijos del peticionario, así que no siempre se necesita una petición aparte para ellos.
Los titulares de tarjeta verde no pueden patrocinar a padres, hijos casados ni hermanos.
¿Qué pasa si las cosas cambian?
| Cambio | Efecto |
|---|---|
| El peticionario se convierte en ciudadano estadounidense | El cónyuge y los hijos menores de 21 años pasan a ser familiares inmediatos, sin espera |
| El hijo cumple 21 años | Puede pasar a F2B, salvo que la Child Status Protection Act (Ley de Protección del Estatus del Menor) lo mantenga en F2A |
| El hijo se casa | No existe categoría para hijos casados de residentes; la petición termina |
| La pareja se divorcia | La petición del cónyuge termina |
| El peticionario pierde su estatus | La petición no puede avanzar |
Para muchas familias, el camino más rápido es que el peticionario se naturalice en cuanto sea elegible, lo que pasa al cónyuge a la categoría de cónyuge de ciudadano estadounidense.
Límite anual, fechas de prioridad y retrasos
La categoría F2 recibe alrededor de 114,200 visas al año, y el 77 % de ellas va a F2A. La mayoría de los números F2A (75 %) está exenta del límite por país, y por eso las esperas de F2A son bastante parecidas entre países. Ningún país puede usar más del 7 % de los límites combinados familiares y de empleo, y por eso algunos países esperan mucho más.
Tu fecha de prioridad es la fecha en que USCIS recibió el I-130. Cada mes, el Boletín de Visas del Departamento de Estado publica una fecha de corte para F2A por país. Cuando tu fecha de prioridad es anterior a la fecha de corte, puedes dar el paso final. USCIS también indica cada mes si las personas que están en EE. UU. pueden presentar su solicitud usando la tabla "Dates for Filing" (fechas para presentar) o si deben esperar la tabla "Final Action Dates" (fechas de acción final).
| País de nacimiento | Panorama general para F2A |
|---|---|
| La mayoría de los países, incluidos China, India y Filipinas | Normalmente algunos años y, a veces, vigente |
| México | A menudo una fecha de corte algo más atrasada |
Estos son patrones generales, no predicciones. Las fechas de corte pueden avanzar, quedarse quietas o retroceder. Consulta el rastreador del Boletín de Visas para ver las fechas de este mes.
¿Ajuste de estatus o trámite consular?
Si tu cónyuge o hijo está en EE. UU.: puede presentar el Formulario I-485 una vez que el Boletín de Visas muestre tu fecha de prioridad como vigente (y USCIS indique qué tabla está aceptando ese mes). En general, debe haber sido inspeccionado y admitido, o haber recibido permiso de entrada condicional (parole) a EE. UU. A diferencia de los familiares inmediatos, los familiares de preferencia normalmente también deben haber mantenido un estatus legal, así que quedarse más tiempo del permitido o trabajar sin autorización suele impedir el ajuste. Consulta ajuste de estatus.
Si tu cónyuge o hijo está en el extranjero: después de que USCIS aprueba el I-130, el caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC). Pagas los costos y presentas el DS-260, los documentos civiles y la Declaración de Patrocinio Económico; luego la entrevista se realiza en una embajada o consulado de EE. UU. Consulta trámite consular.
Si tu cónyuge o hijo entró sin inspección: el ajuste dentro de EE. UU. normalmente no es posible. Salir del país para una entrevista consular puede activar la prohibición de 3 o 10 años por presencia ilegal, y en algunos casos puede ayudar un perdón provisional (Formulario I-601A) presentado antes de salir. Habla con un abogado de inmigración con licencia antes de que alguien salga de EE. UU. Consulta negaciones de visa y perdones.
Peticiones antiguas. Una persona amparada por una petición o certificación laboral presentada el 30 de abril de 2001 o antes podría ajustar su estatus a pesar de problemas de estatus, conforme a la sección 245(i), con un costo adicional. Hoy esto es poco común; consulta a un abogado.
El memorando de 2026 sobre el ajuste de estatus. El 21 de mayo de 2026, USCIS emitió un memorando de política (PM-602-0199) que trata el ajuste de estatus como un beneficio discrecional. USCIS señaló que las personas que están en EE. UU. con una visa temporal y quieren una tarjeta verde deben esperar solicitarla desde su país de origen, salvo en circunstancias extraordinarias. El memorando se aplica a los Formularios I-485 pendientes y nuevos. Cumplir con los requisitos legales ahora se considera el mínimo: los oficiales evalúan todo tu expediente, incluso si usaste tu visa para el propósito declarado. Se esperaban impugnaciones legales, así que verifica la situación actual antes de presentar tu solicitud.
La suspensión de entrevistas de 2026. Desde el 25 de agosto de 2026, el Departamento de Estado suspendió la programación de entrevistas de visas de inmigrante en todo el mundo mientras los oficiales consulares reciben capacitación sobre la evaluación de carga pública. Al 22 de septiembre de 2026 no se había anunciado una fecha de reinicio. Sigue el tema en nuestra página de pausa de visas de inmigrante.
Prohibición de viaje. Los ciudadanos de los 39 países incluidos en la prohibición de viaje (Proclamación 10998, vigente desde el 1 de enero de 2026) por lo general no pueden recibir visas de inmigrante en el extranjero, y USCIS ha retenido muchas solicitudes pendientes de esos países para una revisión adicional.
Carga pública. Una nueva regla de carga pública entró en vigor el 18 de septiembre de 2026. Reemplaza la regla de 2022 con una evaluación más amplia de la "totalidad de las circunstancias" sobre la probabilidad de que dependas del apoyo del gobierno.
¿Puede tu familia vivir en EE. UU. mientras espera?
No solo con base en la petición. Un I-130 aprobado no da permiso para vivir, trabajar ni estudiar en EE. UU. Los familiares necesitan su propio estatus. Las visas de visitante se niegan con frecuencia a personas con una petición de inmigrante pendiente, porque los oficiales consulares deben creer que regresarás a tu país.
¿Cuánto cuesta?
Costos del gobierno a septiembre de 2026, según la tabla de costos de USCIS:
| Concepto | Costo |
|---|---|
| Formulario I-130 | $675 en papel, $625 en línea |
| Formulario I-485 (por persona) | $1,440 |
| Formulario I-864, Declaración de Patrocinio Económico | Sin costo de USCIS cuando se presenta con un I-485; el Departamento de Estado cobra un costo de revisión en los casos consulares |
| Costo de la solicitud de visa de inmigrante (en el extranjero) | Consulta la página de costos del Departamento de Estado |
| Costo de Inmigrante de USCIS (después de que se emite la visa en el extranjero) | Consulta la tabla de costos de USCIS |
| Examen médico | Lo fija el médico |
Revisa la calculadora de costos de USCIS antes de pagar. Para estimar el total según tu situación, prueba nuestro estimador de costos de patrocinio.
Cómo solicitar
El residente permanente presenta el Formulario I-130
Preséntalo ante USCIS con prueba de tu estatus y del parentesco familiar. La fecha de presentación se convierte en la fecha de prioridad.
Espera a que la fecha de prioridad esté vigente
Revisa el Boletín de Visas cada mes para tu categoría y país de nacimiento.
Completa el trámite del NVC o presenta el I-485
En el extranjero, paga los costos y envía el DS-260 y los documentos al Centro Nacional de Visas. En EE. UU., presenta el Formulario I-485 si eres elegible.
Presenta la Declaración de Patrocinio Económico
El peticionario presenta el Formulario I-864, con un copatrocinador si es necesario.
Examen médico y entrevista
Completa el examen médico y asiste a la entrevista consular o de USCIS.
Recibe la tarjeta verde
Entra a EE. UU. con la visa de inmigrante o recibe la tarjeta después de la aprobación de USCIS.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un titular de tarjeta verde en patrocinar a su cónyuge?
La F2A suele tener la espera más corta de las preferencias familiares, a menudo algunos años y a veces vigente. Revisa el Boletín de Visas para ver la fecha de F2A de este mes.
¿Debo hacerme ciudadano para traer a mi cónyuge más rápido?
Con frecuencia sí. Una vez que te naturalizas, tu cónyuge y tus hijos menores de 21 años pasan a ser familiares inmediatos, sin espera del Boletín de Visas.
¿Puede un titular de tarjeta verde patrocinar a un hijo casado?
No. No existe una categoría para hijos casados de residentes permanentes. Una vez que el padre o la madre se convierte en ciudadano, un hijo casado puede ser patrocinado en F3.
¿Qué pasa si mi hijo cumple 21 años durante el trámite F2A?
La Child Status Protection Act puede mantener al hijo en F2A. Si no, el hijo pasa a F2B con la misma fecha de prioridad.
¿Puede mi cónyuge visitarme mientras el caso F2A está pendiente?
Puede solicitar una visa de visitante, pero las negaciones son comunes porque una petición de inmigrante pendiente muestra intención de inmigrar.
Fuentes oficiales
- USCIS: Tarjeta verde para inmigrantes de preferencia familiaruscis.gov
- USCIS: Formulario I-130uscis.gov
- Departamento de Estado: Boletín de Visastravel.state.gov
- USCIS: Tabla de costos (G-1055)uscis.gov
- Departamento de Estado: Inmigración familiartravel.state.gov
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