Visa J-1 de capacitación (trainee): entrenamiento profesional en EE. UU. por hasta 18 meses
El programa J-1 de capacitación (trainee) permite a profesionales extranjeros recibir entrenamiento estructurado en su área en una organización de EE. UU. por hasta 18 meses, o 12 meses en programas de hotelería, turismo y la mayoría de los agrícolas. Necesitas un título o certificado profesional más 1 año de experiencia laboral relacionada fuera de EE. UU., o 5 años de experiencia relacionada fuera de EE. UU. Un patrocinador designado por el Departamento de Estado debe aprobar un plan de capacitación por escrito antes de que se emita la visa.
En esta página
- Para quién es el programa J-1 de capacitación
- Qué áreas se permiten y qué no
- El plan de capacitación (Formulario DS-7002)
- ¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
- ¿Puede venir tu familia?
- ¿Cuánto cuesta?
- Después del programa: la regla de los dos años y la tarjeta verde
- Razones comunes de negación de la visa
- Cómo solicitar
- Preguntas frecuentes
- Fuentes oficiales
- Para quién es
- Profesionales con experiencia obtenida fuera de EE. UU.
- Requisitos
- Título más 1 año de experiencia, o 5 años de experiencia
- Duración máxima
- 18 meses (12 en hotelería, turismo y la mayoría de lo agrícola)
- Horas
- Tiempo completo, al menos 32 horas por semana
- Documento clave
- Plan de colocación de capacitación o prácticas (Formulario DS-7002)
- Familia
- Cónyuge e hijos menores de 21 años con J-2
- Costo de la visa
- $185 a septiembre de 2026
Para quién es el programa J-1 de capacitación
La categoría de capacitación (trainee) es parte del programa de visitante de intercambio J-1. Ayuda a profesionales en activo a desarrollar habilidades mediante entrenamiento estructurado en prácticas de negocios de EE. UU., para luego llevar esas habilidades a su país.
Calificas si tienes:
- Un título o certificado profesional de una institución de educación superior fuera de EE. UU. y al menos 1 año de experiencia laboral relacionada fuera de EE. UU., o
- 5 años de experiencia laboral fuera de EE. UU. en el área en la que quieres capacitarte.
La capacitación debe ampliar tu formación sin duplicar entrenamiento o experiencia que ya tienes.
Si todavía eres estudiante o te graduaste en los últimos 12 meses, la categoría de pasante J-1 te queda mejor. Si quieres capacitación que no está disponible en tu país y no quieres usar una J-1, la visa H-3 de capacitación es otra opción.
Qué áreas se permiten y qué no
Se permite capacitación en las mismas categorías que las prácticas:
- Agricultura, silvicultura y pesca
- Artes y cultura
- Construcción y oficios de la edificación
- Educación, ciencias sociales, bibliotecología, orientación y servicios sociales
- Ocupaciones relacionadas con la salud
- Hotelería y turismo
- Medios de información y comunicaciones
- Administración, negocios, comercio y finanzas
- Administración pública y derecho
- Ciencias, ingeniería, arquitectura, matemáticas y ocupaciones industriales
Los participantes en capacitación no pueden:
- Trabajar en empleos no calificados o de trabajo ocasional, cuidado de niños o de personas mayores, ni en ningún puesto con atención o contacto con pacientes.
- Dedicar más del 20% de su tiempo a trabajo administrativo o de apoyo de oficina.
- Ocupar puestos que de otro modo irían a empleados de tiempo completo o medio tiempo. El programa no es un empleo común.
El plan de capacitación (Formulario DS-7002)
El patrocinador no puede emitir tu DS-2019 hasta que tú, la organización anfitriona y el patrocinador firmen un Plan de colocación de capacitación o prácticas (Formulario DS-7002). En él se establece:
- Qué vas a aprender y cómo, fase por fase.
- Quién será tu supervisor y cómo se te supervisará.
- Cómo se evaluará tu progreso.
Las organizaciones anfitrionas deben dar supervisión continua en el sitio, aprendizaje estructurado (como rotaciones, capacitación en aula y seminarios), y suficiente personal y equipo. Los programas de más de 6 meses necesitan una evaluación intermedia y una final. Los patrocinadores visitan a las organizaciones anfitrionas que son nuevas en su programa, que tienen menos de 25 empleados y que tienen menos de $3 millones de ingresos anuales.
Para programas de hotelería y turismo de 6 meses o más, el plan debe incluir al menos tres rotaciones por departamentos o funciones.
¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
| Área | Duración máxima |
|---|---|
| La mayoría de las áreas | 18 meses |
| Hotelería y turismo | 12 meses |
| Agricultura | 12 meses, o 18 meses si el plan original incluye al menos 6 meses de estudio en aula relacionado |
- Las extensiones se permiten solo dentro del máximo, con un nuevo DS-7002.
- Después de un programa de capacitación, debes vivir fuera de EE. UU. al menos 2 años antes de otro programa de capacitación J-1.
- Cuando termina el programa, tienes un periodo de gracia de 30 días para prepararte para salir, sin trabajar.
Periodo de admisión. Una regla del DHS publicada el 17 de julio de 2026 reemplazaría la "duración del estatus" por una fecha fija de admisión para los visitantes J-1 (la fecha de fin del programa en tu DS-2019, hasta 4 años, más 30 días). Debía comenzar el 15 de septiembre de 2026, pero un tribunal federal en Massachusetts la bloqueó el 14 de septiembre de 2026. Por ahora, los visitantes J-1 siguen siendo admitidos por duración del estatus. Consulta estatus del periodo de admisión fijo.
Regla J-1 propuesta. El 30 de julio de 2026, el Departamento de Estado propuso reglas J-1 más estrictas sobre terminaciones de programa, extensiones y corrección de errores en SEVIS. Los comentarios cierran el 28 de septiembre de 2026. Es solo una propuesta y no está en vigor.
¿Puede venir tu familia?
Sí. Tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años pueden venir con estatus J-2. Pueden estudiar, y un cónyuge J-2 puede solicitar un permiso de trabajo con el Formulario I-765, siempre que el ingreso no sea necesario para mantenerte. Los patrocinadores pedirán pruebas de que puedes mantener a tu familia durante el programa.
¿Cuánto cuesta?
- Cuota del programa del patrocinador: cada patrocinador fija la suya. Pide una lista detallada antes de firmar.
- Cuota SEVIS (Formulario I-901): se paga en línea al DHS antes de la entrevista. Los au pairs, consejeros de campamento y participantes de Summer Work Travel pagan una tarifa menor. Consulta la página del I-901 de ICE para ver el monto actual.
- Cuota de solicitud de visa: $185 a septiembre de 2026 para visas J. Los participantes de ciertos programas financiados por el gobierno están exentos.
- Cuota de integridad de visa: una cuota de integridad de visa de $250, creada por una ley de 2025, se cobra cuando se emite la visa. A septiembre de 2026, los consulados la han aplicado de manera desigual, así que revisa la página de cuotas de tu embajada.
- Seguro médico: obligatorio para ti y para cualquier familiar J-2 durante todo el programa.
- Costos de vida: muchos programas de capacitación son pagados, pero aun así debes demostrar que puedes cubrir la renta y los gastos diarios.
Después del programa: la regla de los dos años y la tarjeta verde
La regla de residencia de dos años en el país de origen. Algunos visitantes J-1 deben vivir en su país de origen 2 años después del programa antes de poder obtener una visa H o L, una visa K o una tarjeta verde. Aplica si tu programa fue financiado por EE. UU. o por tu gobierno, si tus habilidades están en la Lista de Habilidades de Visitantes de Intercambio de tu país, o si viniste para formación médica de posgrado. Tu DS-2019 y tu visa normalmente indican si un oficial considera que aplica. Se pueden obtener exenciones a través de la Waiver Review Division del Departamento de Estado.
El programa de capacitación no conduce a una tarjeta verde. Algunos participantes regresan después con visas de trabajo como la H-1B o la L-1, o solicitan mediante patrocinio de un empleador usando PERM. Si la regla de los dos años te aplica, primero debes cumplirla u obtener una exención.
Razones comunes de negación de la visa
- El programa parece un empleo normal, no capacitación.
- La capacitación repite lo que ya sabes.
- No puedes demostrar el título requerido o los años de experiencia.
- El oficial duda de que vayas a regresar a tu país.
Desde 2025, el Departamento de Estado ha pedido a los solicitantes de visas F, M y J que configuren sus cuentas de redes sociales como públicas para que los oficiales puedan revisarlas.
Prohibición de viaje. La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026 y no tiene fecha de término. Limita las visas para nacionales de 39 países: para 19 países suspende casi todas las visas, y para los otros 20 suspende las visas de inmigrante más las visas B, F, M y J. USCIS también está reteniendo muchos casos pendientes de estos países para revisión adicional. Consulta Estatus de la prohibición de viaje antes de pagar cuotas o reservar viajes.
Cómo solicitar
Encuentra una organización anfitriona y un patrocinador
Consigue una organización anfitriona en EE. UU. y un patrocinador designado por el Departamento de Estado para programas de capacitación.
Elabora el plan de capacitación
Completa y firma el Formulario DS-7002 con tu organización anfitriona y tu patrocinador.
Recibe el DS-2019
El patrocinador emite el Formulario DS-2019 y te registra en SEVIS.
Paga la cuota SEVIS y solicita
Paga la cuota del I-901, completa el Formulario DS-160, paga la cuota de la visa y asiste a la entrevista. Desde septiembre de 2025, la mayoría de los solicitantes de visa deben asistir a una entrevista en persona, y por lo general debes solicitar en tu país de nacionalidad o residencia.
Entra y comienza
Entra no antes de 30 días previos a tu fecha de inicio y repórtate con tu patrocinador.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el programa J-1 de capacitación?
Hasta 18 meses en la mayoría de las áreas, y 12 meses en hotelería y turismo. La agricultura es de 12 meses, salvo que el plan incluya 6 meses de estudio en aula, lo que permite 18.
¿Necesito un título para la visa J-1 de capacitación?
No siempre. Necesitas un título o certificado profesional más 1 año de experiencia fuera de EE. UU., o 5 años de experiencia fuera de EE. UU.
¿Puedo hacer un segundo programa de capacitación J-1?
Sí, pero solo después de vivir fuera de EE. UU. al menos 2 años después del primero, y el nuevo programa debe desarrollar habilidades más avanzadas o distintas.
¿Un participante J-1 de capacitación puede recibir pago?
Sí. Muchos reciben un estipendio o salario, pero el programa debe ser capacitación, no un trabajo normal.
¿Mi cónyuge puede trabajar con una visa J-2?
Un cónyuge J-2 puede solicitar un permiso de trabajo con el Formulario I-765, si el ingreso no es necesario para mantener al titular J-1.
Fuentes oficiales
- BridgeUSA (Departamento de Estado): programa de capacitación (trainee)j1visa.state.gov
- Departamento de Estado: Visa de visitante de intercambiotravel.state.gov
- ICE: Cuota SEVIS I-901ice.gov
- Departamento de Estado: Exención del requisito de presencia física de dos años en el país de origentravel.state.gov
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