Visa CW-1: programa de trabajador transitorio exclusivo de las Islas Marianas del Norte
La visa CW-1 permite a los empleadores de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) contratar trabajadores extranjeros que no califican para otras visas de trabajo de EE. UU. Solo es válida en las CNMI, no en el resto de EE. UU., y está previsto que el programa termine el 31 de diciembre de 2029. El empleador necesita una certificación laboral temporal del Departamento del Trabajo antes de presentar el Formulario I-129CW ante USCIS.
En esta página
- Dónde puedes trabajar
- Solo en las Islas Marianas del Norte
- Fin del programa
- 31 de diciembre de 2029
- Pasos del empleador
- Certificación laboral del DOL y luego el Formulario I-129CW
- Cupo
- Límite anual, año fiscal de octubre a septiembre
- Estadía
- Hasta 1 año por petición; salida de 30 días después de 3 seguidas
- Trabajadores de largo plazo
- Hasta 3 años por petición, sin regla de salida
- Familia
- Cónyuge e hijos menores en CW-2 (sin trabajar)
Para quién es la visa CW-1
El programa CW-1 comenzó en 2009, cuando la ley federal de inmigración reemplazó el sistema propio de permisos para trabajadores extranjeros de las CNMI. Les da a los empleadores de las CNMI tiempo para pasar a una fuerza laboral estadounidense. Las CNMI incluyen Saipán, Tinian y Rota. Consulta nuestra página de Islas Marianas del Norte para conocer el contexto local.
Un trabajador puede obtener el estatus CW-1 si:
- No es elegible para ningún otro estatus de no inmigrante basado en el empleo, como H-2B o H-1B.
- Va a trabajar en las CNMI en una ocupación designada como necesitada de trabajadores extranjeros.
- Tiene una petición de un empleador legítimo de las CNMI.
- No está en ninguna otra parte de EE. UU.
- Está presente legalmente en las CNMI, si ya se encuentra allí.
- Es admisible, u obtiene una exención.
Empleos de construcción: en general, los trabajadores CW-1 no pueden trabajar en ocupaciones de construcción y extracción. La excepción son los "trabajadores de largo plazo" (ver más abajo).
Lo que debe hacer el empleador
- Determinación del salario prevaleciente. Solicítala al National Prevailing Wage Center del Departamento del Trabajo.
- Certificación laboral temporal (TLC). Se solicita al Departamento del Trabajo, que verifica que no haya trabajadores estadounidenses calificados disponibles en las CNMI y que la contratación no perjudique los salarios locales. Para trabajadores nuevos, presenta la TLC no más de 120 días antes de la fecha de inicio. Para extensiones, preséntala no más de 180 días antes de que termine el estatus actual.
- Formulario I-129CW. Preséntalo ante USCIS con la TLC aprobada y las tarifas. USCIS rechaza las peticiones presentadas sin una TLC aprobada.
- Obligaciones continuas. Usar E-Verify, cumplir las leyes laborales federales y de las CNMI, presentar el informe semestral en el Formulario I-129CWR y pagar el transporte de regreso si el trabajador es despedido antes de tiempo.
Todos los trabajadores CW-1 deben ser nombrados en la petición. Varios trabajadores pueden compartir una sola petición si tienen el mismo puesto, términos, fechas y lugar.
El cupo de CW-1
El Congreso fija un límite anual de cuántos trabajadores pueden obtener el estatus CW-1 en cada año fiscal (del 1 de octubre al 30 de septiembre). Cada trabajador cuenta para el cupo una vez por año fiscal, incluidos los trabajadores de largo plazo. Cuando se alcanza el cupo, USCIS deja de aceptar nuevas peticiones para ese año. Revisa la página de USCIS sobre el cupo CW-1 para ver las cifras y el estado de presentación del año en curso antes de que el empleador presente la petición.
¿Cuánto tiempo puedes quedarte?
| Tipo de trabajador | Estadía por petición | Regla de salida |
|---|---|---|
| CW-1 regular | Hasta 1 año, renovable | Después de 3 periodos de petición consecutivos, salir de EE. UU. y de las CNMI por 30 días antes de una nueva petición |
| CW-1 de largo plazo | Hasta 3 años | Sin regla de salida |
Los trabajadores de largo plazo son personas que tuvieron estatus CW-1 en cada año fiscal desde 2015 hasta 2018. También están exentos de la prohibición de trabajar en construcción.
Los trabajadores son admitidos por el periodo de la petición más hasta 10 días antes y después. Si estás fuera de las CNMI, debes solicitar la admisión dentro de los 10 días posteriores al inicio del periodo de la petición, o la aprobación puede ser revocada.
Cambiar de trabajo, perder el trabajo y viajes
- Nuevo empleador: puedes empezar con un nuevo empleador una vez que este presente correctamente una nueva petición y una solicitud de extensión antes de que termine tu estadía, siempre que no hayas trabajado sin autorización.
- Pérdida del trabajo: conservas tu estatus si un nuevo empleador presenta una petición por ti dentro de 30 días del fin del empleo. De lo contrario, debes salir de las CNMI.
- Viajes: los estatus CW-1 y CW-2 solo se aplican en las CNMI. Entrar a Guam o al resto de EE. UU. requiere otra visa. Viajar a otras zonas de EE. UU., incluso en tránsito, puede causar problemas, así que verifica antes de reservar.
¿Puede venir tu familia?
Tu cónyuge y tus hijos menores pueden obtener el estatus CW-2. Los familiares con CW-2 no pueden trabajar. Su estatus termina cuando termina el tuyo, y lo extienden presentando el Formulario I-539 al mismo tiempo que la extensión que presenta tu empleador.
Costos y qué pasa después de 2029
Costos. El empleador paga las tarifas del Formulario I-129CW, que incluyen una tarifa contra el fraude y una tarifa de financiamiento educativo para las CNMI. Consulta la página del I-129CW y la lista de tarifas. Los trabajadores que están fuera de las CNMI y necesitan una visa pagan la tarifa de visa del Departamento de Estado. Se cobra una tarifa de integridad de visa de $250, creada por una ley de 2025, cuando se emite una visa. Hasta septiembre de 2026, los consulados la han aplicado de forma desigual, así que revisa la página de tarifas de tu embajada.
Después de 2029. Está previsto que el programa termine el 31 de diciembre de 2029, a menos que el Congreso lo extienda. No existe una tarjeta verde basada en CW. Los trabajadores que quieran quedarse a largo plazo necesitan otra vía, por lo general el patrocinio del empleador a través de PERM y EB-3, o una petición familiar. Habla con un abogado de inmigración con licencia desde el principio.
Razones comunes de negación
- El empleador presenta la petición sin una certificación laboral aprobada.
- El trabajador califica para otro tipo de visa, como la H-2B.
- El empleo es en construcción y el trabajador no es un trabajador de largo plazo.
- Se alcanzó el cupo del año fiscal.
- El trabajador tiene problemas migratorios o penales. Consulta negaciones de visa y exenciones.
Prohibición de viaje. La Proclamación 10998 entró en vigor el 1 de enero de 2026 y no tiene fecha de término. Limita las visas para los nacionales de 39 países: para 19 países suspende casi todas las visas, y para los otros 20 suspende las visas de inmigrante más las visas B, F, M y J. USCIS también está reteniendo muchos casos pendientes de estos países para una revisión adicional. Revisa el estado de la prohibición de viaje antes de pagar tarifas o reservar viajes.
Cómo solicitar
Obtener un salario prevaleciente
El empleador de las CNMI solicita una determinación de salario prevaleciente al Departamento del Trabajo.
Obtener la certificación laboral
El empleador solicita y recibe una certificación laboral temporal del DOL.
Presentar el Formulario I-129CW
El empleador presenta la petición ante USCIS, nombrando a cada trabajador, con la certificación aprobada y las tarifas.
Biometría o visa
A los trabajadores que están en las CNMI se les puede pedir dar sus huellas en Saipán. Los trabajadores en el extranjero solicitan una visa CW-1 si es necesario.
Admisión
Solicita la admisión dentro de los 10 días posteriores al inicio del periodo de la petición.
Preguntas frecuentes
¿Puede un trabajador CW-1 viajar a Guam o Hawái?
No con el estatus CW-1. El CW-1 solo es válido en las Islas Marianas del Norte. Otras partes de EE. UU. requieren una visa distinta.
¿Cuándo termina el programa CW-1?
Está previsto que termine el 31 de diciembre de 2029, a menos que el Congreso lo extienda.
¿Pueden los trabajadores CW-1 hacer trabajos de construcción?
En general no. Solo los trabajadores de largo plazo que tuvieron estatus CW-1 en cada año fiscal desde 2015 hasta 2018 están exentos de la prohibición de construcción.
¿Puede trabajar un cónyuge con CW-2?
No. Los familiares con CW-2 no pueden trabajar.
¿Qué pasa si pierdo mi empleo con CW-1?
Puedes conservar tu estatus si un nuevo empleador presenta una petición por ti dentro de 30 días. De lo contrario, debes salir de las CNMI.
Fuentes oficiales
- USCIS: Trabajador transitorio exclusivo de las CNMI (CW-1)uscis.gov
- USCIS: Formulario I-129CWuscis.gov
- USCIS: Lista de tarifas (G-1055)uscis.gov
- USCIS: Formulario I-539uscis.gov
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