Jubilarse en EE. UU.: no hay visa de jubilado, y estas son las opciones que sí existen
Estados Unidos no tiene una visa de jubilado, y tener ahorros o una pensión no te permite, por sí solo, vivir allí. Los jubilados suelen elegir una de tres opciones reales: pasar parte del año en EE. UU. como visitantes (visa B-2 o ESTA), recibir el patrocinio para la tarjeta verde de un hijo o hija ciudadano estadounidense de 21 años o más (o de un cónyuge ciudadano), o calificar mediante una inversión grande, como la EB-5 o la Gold Card. Si quieres un país con una verdadera residencia para jubilados, México ofrece la residencia permanente a los jubilados que cumplen un requisito de ingresos o de ahorros.
En esta página
- Visa de jubilado
- No existe en la ley de EE. UU.
- Estancias de parte del año
- Visa B-2 (por lo general hasta 6 meses por entrada) o ESTA (90 días)
- Mejor vía a la tarjeta verde para la mayoría de los jubilados
- Patrocinio de un hijo o hija ciudadano estadounidense de 21 años o más
- Vías de inversión
- EB-5 ($800,000 o $1,050,000) o Gold Card (donación de $1 millón)
- Ser dueño de una casa
- No da ninguna visa ni estatus
- Atención médica
- Sin cobertura pública para visitantes; compra un seguro médico de viaje
- País con una verdadera visa de jubilado
- México (residencia permanente para jubilados)
¿EE. UU. tiene una visa de jubilado?
No. A diferencia de México, Panamá o Portugal, EE. UU. no tiene una visa para personas que simplemente quieren jubilarse allí, y el Congreso no ha creado una. Una pensión grande, ahorros o una casa pagada en Florida o Arizona no te dan ningún derecho a vivir en EE. UU.
Los jubilados que se mudan de forma permanente casi siempre lo hacen por medio de la familia o de una inversión. Otros pasan algunos meses al año en EE. UU. como visitantes y conservan su hogar en el extranjero.
Comparación de tus opciones realistas
| Opción | A quién le sirve | ¿Necesita oferta de trabajo? | ¿Camino a la residencia permanente? | Estatus |
|---|---|---|---|---|
| Visa de visitante B-2 | Jubilados que pasan parte del año en EE. UU. | No | No | Restringida para nacionales de países con veto de viaje |
| ESTA | Ciudadanos de países del Programa de Exención de Visa, estancias de hasta 90 días | No | No | Abierta |
| Padre o madre de un ciudadano estadounidense | Padres de ciudadanos de 21 años o más | No | Sí | Abierta; entrevistas consulares congeladas |
| Cónyuge de un ciudadano estadounidense | Personas casadas con un ciudadano estadounidense | No | Sí | Abierta |
| Inversionista EB-5 | Personas que pueden invertir $800,000 o más en riesgo | No | Sí | Abierta |
| Gold Card | Personas que pueden donar $1 millón y pasar la revisión de antecedentes | No | Sí | Abierta |
| Inversionista por tratado E-2 | Nacionales de países con tratado que dirigirán activamente un negocio | No | No directamente | Abierta, pero no para una jubilación pasiva |
Los ciudadanos canadienses por lo general pueden visitar EE. UU. hasta 6 meses cada vez sin visa, por eso muchos "snowbirds" canadienses pasan el invierno en EE. UU.
Pasar parte del año como visitante
Muchos jubilados dividen el año. Con una visa B-2, el agente fronterizo por lo general te admite hasta por 6 meses por entrada, y puedes pedir extender tu estancia. Con ESTA, el límite es de 90 días y no hay extensión.
No hay un límite legal fijo de días por año que un visitante puede pasar en EE. UU., pero los agentes te negarán la entrada si parece que vives allí. Pasar cerca de la mitad del año en EE. UU., año tras año, genera preguntas. Conserva un hogar real, cuentas bancarias y cobertura médica en tu país.
Impuestos. Pasar muchos días en EE. UU. puede convertirte en residente fiscal de EE. UU. según la "prueba de presencia sustancial" (substantial presence test) del IRS, que cuenta los días de tres años. Los "snowbirds" canadienses suelen presentar el Formulario 8840 del IRS para demostrar una conexión más cercana con Canadá. Busca asesoría fiscal si pasas más de unos 4 meses al año en EE. UU.
Recibir el patrocinio de tu hijo o hija
Si uno de tus hijos es ciudadano estadounidense de 21 años o más, esta suele ser la mejor vía. Los padres son "familiares inmediatos", así que no hay límite anual ni espera en el Boletín de Visas.
- Tu hijo o hija presenta el Formulario I-130 por cada padre.
- Tu hijo o hija firma una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Formulario I-864) y debe demostrar ingresos de al menos el 125% de las pautas federales de pobreza para el tamaño de su hogar, o usar un copatrocinador.
- Obtienes tu tarjeta verde mediante trámite consular en el extranjero o, en algunos casos, mediante ajuste de estatus en EE. UU.
Los titulares de tarjeta verde no pueden patrocinar a sus padres; el hijo o hija debe ser ciudadano. En 2026, los padres en el extranjero se ven afectados por la suspensión mundial de las entrevistas de visas de inmigrante (desde el 25 de agosto), y la nueva regla de carga pública toma en cuenta la edad, la salud y las finanzas. Consulta padre o madre de un ciudadano estadounidense e inmigración familiar.
Entrar por medio de una inversión
Los jubilados con mucho patrimonio pueden usar las vías de inversión, pero son caras y lentas:
- EB-5: invierte $1,050,000, o $800,000 en un área específica (targeted area), en un negocio que cree 10 empleos. Muchos jubilados usan proyectos de centros regionales para no tener que dirigir el negocio. El dinero está en riesgo.
- Gold Card: una donación de $1 millón y una cuota de $15,000 por persona, con solo 1 aprobación de 338 solicitudes reportada a abril de 2026.
- E-2: solo si vas a dirigir activamente el negocio. No es una visa de jubilado, y las inversiones pasivas no califican.
Compáralas en E-2 vs. EB-5 vs. Gold Card y en invertir en EE. UU..
Atención médica y beneficios
La atención médica es el mayor gasto para los jubilados en EE. UU.:
- Los visitantes no tienen acceso a los programas públicos de salud. Compra un seguro médico de viaje que cubra EE. UU. y, si es posible, las condiciones preexistentes.
- Los nuevos titulares de tarjeta verde de 65 años o más por lo general no pueden pagar para entrar a Medicare hasta que hayan vivido en EE. UU. como residentes permanentes durante 5 años, a menos que tengan suficiente historial laboral en EE. UU. Mientras tanto, planea tener cobertura privada.
- Los beneficios de jubilación del Seguro Social dependen del historial laboral en EE. UU., no de la residencia.
Por dónde empezar
- Decide si quieres vivir en EE. UU. todo el año o solo una parte del año.
- Si es solo una parte del año, revisa si necesitas una ESTA o una visa B-2, y busca tu nacionalidad en la lista del veto de viaje.
- Si es todo el año, pregunta si un hijo, hija o cónyuge ciudadano estadounidense puede patrocinarte, y revisa el requisito de ingresos con la calculadora de ingresos del I-864.
- Si piensas invertir, busca asesoría legal y financiera independiente antes de elegir un proyecto.
Alternativas: México y Canadá
Si quieres un lugar que reciba a los jubilados con una visa clara, consulta jubilarse en México. México otorga la residencia permanente directamente a los jubilados cuya pensión o ahorros cumplen un requisito fijado en días de UMA (unos 133,733 pesos al mes de pensión, o unos 5.38 millones de pesos en ahorros, para 2026). Revisa tus números con la calculadora de solvencia económica.
Canadá, igual que EE. UU., no tiene una visa de jubilado; consulta jubilarse en Canadá.
Preguntas frecuentes
¿EE. UU. tiene una visa de jubilado?
No. No existe una visa de EE. UU. para jubilados. Los jubilados se mudan a EE. UU. mediante patrocinio familiar, inversión o matrimonio, o lo visitan durante parte del año con una visa B-2 o con ESTA.
¿Puedo jubilarme en EE. UU. si compro una casa allí?
No. Ser dueño de una propiedad no te da ninguna visa ni estatus. Aun así, puedes visitar tu casa como turista dentro de los límites normales para visitantes.
¿Cuánto tiempo puede quedarse un jubilado en EE. UU. cada año?
Con una visa B-2, por lo general te admiten hasta por 6 meses por entrada; con ESTA, 90 días. No hay un límite anual fijo, pero los agentes pueden negarte la entrada si parece que vives en EE. UU.
¿Mi hijo o hija puede patrocinarme para la tarjeta verde?
Sí, si es ciudadano estadounidense de 21 años o más. Para los padres de ciudadanos adultos no hay límite anual. Tu hijo o hija debe presentar el Formulario I-130 y cumplir el requisito de ingresos del Formulario I-864, o usar un copatrocinador.
¿Los jubilados pueden obtener Medicare en EE. UU.?
Los nuevos residentes permanentes de 65 años o más por lo general deben vivir en EE. UU. como residentes durante 5 años antes de poder pagar para entrar a Medicare, a menos que tengan suficiente historial laboral en EE. UU. Los visitantes no son elegibles.
¿Qué país de Norteamérica tiene una visa de jubilado?
México. Otorga la residencia permanente a los jubilados que demuestran una pensión o ahorros suficientes. Ni EE. UU. ni Canadá tienen una visa de jubilado.
Fuentes oficiales
- USCIS: Traer a los padres a vivir en EE. UU.uscis.gov
- Departamento de Estado de EE. UU.: Visa de visitantetravel.state.gov
- IRS: Prueba de presencia sustancialirs.gov
- Medicare.gov: Cómo empezarmedicare.gov
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