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Presencia ilegal

La presencia ilegal es el tiempo que pasas en Estados Unidos después de que vence tu estancia autorizada, o después de entrar sin ser inspeccionado y admitido. Importa porque, si acumulas suficiente y luego sales del país, quedas impedido de regresar.

En esta página
  1. Cómo se cuenta
  2. Preguntas frecuentes
  3. Fuentes oficiales

Cómo se cuenta

La presencia ilegal por lo general empieza el día después de la fecha que aparece en tu I-94. Para las personas admitidas por "duración del estatus" (duration of status), como los estudiantes, en general empieza solo después de una determinación oficial de USCIS o de un juez de inmigración.

Cierto tiempo no cuenta, por ejemplo el tiempo antes de los 18 años, el tiempo con una solicitud de asilo de buena fe pendiente y ciertos periodos con una solicitud de extensión o cambio de estatus presentada a tiempo.

La presencia ilegal es distinta de estar fuera de estatus. Puedes violar tu estatus sin acumular presencia ilegal. Consulta castigos de 3 y 10 años y el perdón I-601A. Si esto te afecta, habla con un abogado de inmigración con licencia antes de salir de EE. UU.

Preguntas frecuentes

¿Los niños acumulan presencia ilegal?

No. El tiempo antes de los 18 años no cuenta para los castigos de 3 y 10 años.

¿Quedarse más tiempo del permitido es lo mismo que presencia ilegal?

Quedarse después de la fecha del I-94 por lo general inicia la presencia ilegal, pero algunas solicitudes pendientes pausan el conteo.

¿Se puede perdonar la presencia ilegal?

Algunas personas pueden obtener un perdón, por lo general demostrando dificultad extrema para un cónyuge o padre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente.

Fuentes oficiales

  1. USCIS: Formulario I-601Auscis.gov

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